Argentina´s Supreme Court of Justice confirms the fine imposed by the National Securities Exchange Commission to the rating agency Standard & Poor's

In case "Comisión Nacional de Valores c. Standard & Poors Ratings LLC. Suc. Argentina s/ organismos externos" dated April 15, 2014, Argentina´s Supreme Court of Justice ratified the fine imposed by the National Securities Exchange Commission ("CNV") to the rating agency Standard & Poor 's Ratings LLC. Suc. Argentina for having rated the negotiable debt securities issued by two financial institutions with a higher rate than the appropriate, according to the guidelines settled in its own procedure manual.

I. Background of the case

On July 15, 2002, in the context of Argentina´s economic crisis, Standard & Poor's rated with the highest local note (raAAA) to  Citibank NA Sucursal Argentina global program of negotiable debt securities,  both senior and subordinated series, for an amount up to U$S 1,500,000 and BankBoston NA global program of negotiable debt  securities for an amount up to U$S 500,000,000.

CNV promoted administrative proceedings against the rating agency for having stepped aside from its own manual´s standards and having granted the securities with the highest rate, even though the external auditors had refrained from giving an opinion on the financial statements of the issuers, case in which, according to the manual, it should have been correct to rate the securities with the highest risk category instead of  the one actually granted.

Thus, by Resolution Nº 15.335 dated February 21, 2006, CNV imposed a penalty fine of $ 20,000 (Twenty Thousand Pesos) on the rating agency for failing to obey with the procedure manual registered in CNV.  The sentence determines that the rating agency directors and the members of the qualification counsel should respond in solidarity.

II. The decision of the Court of Appeals.

On October 8, 2010 the Resolution was ratified by Division D of the Court of Appeals in Commercial Matters.

Not only did the Court emphasized in the omission to comply with the rules contained in the procedure manual registered in the CNV, but also noted the directors and audit committee members liability, since, according to article 59 of the Companies Law (“Ley de Sociedades”), they should have supervised the rating  process, end which was not achieved in this case.

III. The judgment of the Supreme Court of Justice

Standard & Poor's appealed the Court of Appeals decision.

The Supreme Court of Justice, based on the opinions of the Attorney General's Office, confirmed the verdict as the behavior undertaken by the rating agency meant an infringement of the rules and therefore, it is worth a sanction.

In its decision, the Supreme Court not only analyzes the viability of the fine imposed, but also performs a thorough analysis on the scope of the CNV functions, the moral behaviors that people who participate in any kind of public offering must obey and establishes that CNV should look after public interest when regulating the trading activity.

Among the guidelines on which the decision is based we should point:

a) The CNV performs the police power  in the public offering of securities, so it must: i) establish the rules which every person directly or indirectly involved in the public offering- rating agencies included- should obey; ii) control the compliance to its provisions; iii) impose sanctions in case of non-observance of the rules.

b) The rating of securities placed through the public offering regime constitutes a large impact service,  that should be performed for the benefit of all investors. As this impact compromises the public interest, the rating agencies should bear a higher duty on the decisions they take.

c) For investors´ security purposes and stock market´s transparency, the risk rating should be based on clear guidelines established in current regulation and each rating agency´s manual registered in CNV.

d) Directors are jointly liable for having not observed the article 59 of Law No. 19550, which requires diligent work and imposes joint and unlimited liability for not having observed their duties.


Tavarone Rovelli in BeST Consumer Finance offering

Published in Latinlawyer.com, Monday, 12 June 2014.

Argentine firm Tavarone, Rovelli, Salim & Miani has acted as deal counsel in a US$18 million securities issuance by consumer loan trust BeST Consumer Finance Series XXXIII.

Banco de Servicios y Transacciones acted as arranger while the Argentine branch of TMF Trust Company was trustee to the offering, which closed on 5 June.

The issuance, which included debt securities and certificates of participation, was made under the financial trust’s BeST Consumer Finance global trust programme.

Deal counsel

Tavarone, Rovelli, Salim & Miani

Partner Federico Salim and associates Matías Otero and Catalina Menéndez


La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirma una multa impuesta por la Comisión Nacional de Valores a la calificadora de riesgo Standard & Poor´s

En autos “Comisión Nacional de Valores c. Standard & Poors Ratings LLC. Suc. Argentina s/ organismos externos” de fecha 15 de abril de 2014,  la  Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la multa impuesta por la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) a la calificadora de riesgos Standard & Poor´ s Ratings LLC. Suc. Argentina  por  haber  otorgado a las obligaciones negociables emitidas por dos entidades financieras una calificación superior a la debida según las pautas fijadas en su propio manual de procedimiento.

  I.  Antecedentes del  fallo

El 15 de julio de 2002, en el marco de la crisis económica de principio de década, la calificadora de riesgos Standard & Poor´s calificó con la nota local más alta (raAAA) al programa global de Obligaciones Negociables Serie Senior y Subordinada por un monto de hasta U$S 1.500.0000 de Citibank N.A. Sucursal Argentina y al programa global de Obligaciones Negociables por U$S 500.000.000 de BankBoston N.A..

La CNV instruyó sumario a la calificadora por haberse apartado de lo previsto en su manual y haber otorgado a los títulos la más alta calificación aún cuando los auditores externos se habían abstenido de emitir opinión sobre los estados contables de los emisores, por lo cual se configuraba, en rigor, el supuesto previsto para otorgar la categoría de más alto riesgo y no la efectivamente otorgada.

Atento ello, mediante Resolución 15.335 del 21 de febrero de 2006,  la CNV impuso  a la calificadora  la sanción  de multa de  $  20.000 (Pesos veinte mil) por haber  incumplido con el procedimiento previsto en el manual registrado ante ese organismo. La condena  debía a su vez ser solventada en forma solidaria por los directores de la calificadora y por los miembros del Consejo de Calificación.

  II.  La decisión de la Alzada

La resolución fue confirmada por la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial con fecha 8 de octubre de 2010.

No sólo destacó el Tribunal la omisión por parte de la calificadora de las reglas previstas en el manual de procedimientos registrado ante la CNV, sino que señaló además  la responsabilidad  de los administradores y miembros del comité de fiscalización quienes, de conformidad con el art. 59 de la Ley de Sociedades, debían realizar el control de legalidad en el trámite de calificación de títulos, extremo que no fue alcanzado en el caso.

  III.  El fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

Contra el decisorio de la Cámara Comercial, Standard & Poor´s interpuso recurso extraordinario, que fue denegado y dio lugar al recurso de queja que motiva la intervención del supremo tribunal.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, apoyada en el dictamen de la Procuración General de la Nación,  confirmó el fallo recurrido, considerando que la conducta llevada a cabo por la sociedad calificadora constituyó una infracción a las normas aplicables y por ende, es factible de sanción.

En el fallo, la CSJN no se limita a  analizar la viabilidad de la multa impuesta, sino que realiza un detenido análisis de los alcances de las funciones de la CNV, las conductas morales  a las que deben atenerse los sujetos que de cualquier forman participan en la oferta pública y la tutela del interés público que ejerce el organismo fiscalizador al momento de regular la actividad bursátil.

Entre los lineamientos sobre los que se funda el fallo  debemos destacar:

a)      La CNV ejerce el poder de policía en la oferta pública de valores negociables, por lo que le cabe:  i) dictar las normas a las cuales deben ajustarse todos las personas físicas o jurídicas que directa o indirectamente intervengan en la oferta pública, entre ellas las calificadoras de riesgos; ii) fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones; iii) imponer sanciones en caso de incumplimiento de las mismas.

b)     La calificación de títulos que se colocan a través del régimen de oferta pública constituye un servicio que, al ser realizado en beneficio del conjunto de inversores, compromete el interés público;  es por ello que el impacto que tienen las calificadoras de riesgo implica un mayor deber de previsión respecto de las decisiones que adoptan.

c)      A los fines de la seguridad de los inversores y la transparencia en el mercado bursátil, la calificación de riesgos debe hacerse en base a claras pautas establecidas por la normativa vigente y el manual de cada calificadora registrado ante la CNV.

d)      Los directores son solidariamente responsables al no haberse respetado lo establecido en el artículo 59 de la Ley 19.550 que exige el obrar diligente y les impone responsabilidad solidaria e ilimitada por incumplimiento en sus obligaciones.

 


Fideicomiso Financiero “BeST Consumer Finance Serie XXXIII” por $ 148.100.000

Asesores legales de la transacción (deal counsel) en la emisión y colocación por oferta pública en la Argentina de Valores Fiduciarios por AR$ 148.100.000 por parte del Fideicomiso Financiero “BeST Consumer Finance Serie XXXIII”, en el cual Banco de Servicios y Transacciones S.A. actuó como organizador, fiduciante, administrador y agente de custodia, y TMF Trust Company (Argentina) S.A. actuó como fiduciario financiero. (2014)


Fideicomiso Financiero “Consumo Vida Serie IV” por $ 49 millones

Asesores legales de la transacción (deal counsel) en la emisión y colocación por oferta pública en la Argentina de Valores Fiduciarios por AR$ 49.200.000 por parte del Fideicomiso Financiero “Consumo Vida Serie IV”, en el cual Banco de Servicios y Transacciones S.A. actuó como fiduciario, estructurador, colocador y administrador sucesor y Cooperativa de Crédito, Consumo y Servicios Sociales La Plata Ltda., Credymand S.A. y Promotora Social Vida S.A. actuaron como fiduciantes. (2014)


Fideicomisos Financieros “Fideicomiso Sector 1” y “Fideicomiso CTC Desarrollo Infraestructura” por $ 39 millones y $ 80 millones, respectivamente

Asesores legales de la transacción y del fiduciario TMF Trust Company (Argentina) S.A en la constitución de los fideicomisos “Fideicomiso Sector 1” y “Fideicomiso CTC Desarrollo Infraestructura” para la emisión de valores fiduciarios por hasta $ 39 millones y $ 80 millones respectivamente, destinados a financiar la construcción de un Centro Concentrador Logístico que funcionará en la Ciudad de Buenos Aires. (2014)


Tavarone, Rovelli, Salim & Miani asesora a Banco Supervielle S.A., TMF Trust Company (Argentina) S.A. y Credimas S.A. en la emisión del Fideicomiso Financiero “Credimas Serie 20”

Tavarone, Rovelli, Salim & Miani asesoró en la reciente emisión y colocación por oferta pública en la Argentina de Valores Fiduciarios por un monto total de $ 72.000.000 por parte del Fideicomiso Financiero “Credimas Serie 20” (el “Fideicomiso”), constituido en el marco del Programa Global de Fideicomisos Financieros “Supervielle Confiance 3” (el “Programa”). La emisión estuvo integrada por Valores de Deuda Fiduciaria Tasa Variable “A” por $ 54.000.000, Valores de Deuda Fiduciaria Tasa Variable “B” por $ 10.800.000 y Certificados de Participación por $ 7.200.000.TMF TRUST Company (Argentina) S.A., actuó como fiduciario y emisor del Fideicomiso, Credimas S.A. actuó como  fiduciante y agente de Cobro y administración, y Banco Supervielle S.A actuó como organizador y colocador principal.

 

Los bienes fideicomitidos consisten en créditos originados en consumos de tarjetas de crédito emitidas por el fiduciante y saldos de adelantos en efectivo otorgados por el fiduciante.

 

La Comisión Nacional de Valores autorizó la oferta pública de los valores fiduciarios el 22 de abril de 2014.

 

TAVARONE, ROVELLI, SALIM & MIANI se desempeñó como asesor legal del fiduciario y los fiduciantes, a través del equipo liderado por los socios Marcelo R. Tavarone y Juan Pablo Bove  y los asociados Matías D. Otero y María Eugenia de Carvalho.

 


Enmienda y Renovación de Préstamo Bancario Sindicado de $ 144,5 millones

Asesores Legales del Deudor

Asesores Legales de Generación Mediterránea S.A. en la enmienda y renovación de un préstamo bancario sindicado de $ 144.500.000. Actuaron como Organizadores del financiamiento sindicado Industrial and Commercial Bank of China S.A. y Banco Itaú Argentina S.A. (2014)


Emisión de Obligaciones Negociables Clase III de Generación Mediterránea S.A. por $ 100 millones

Asesores Legales de la Emisora.

Asesores legales de Generación Mediterránea S.A. en la Emisión de Obligaciones Negociables Clase III por un monto de $ 100 millones por parte de Generación Mediterránea S.A. Actuaron como Organizadores y Agentes Colocadores Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A. y Banco Itaú Argentina S.A.; Banco Macro S.A: intervino como organizador y Macro Securities S.A. y Banco de Servicios y Transacciones S.A. participaron como Agentes Colocadores. (2014)


Fideicomiso Financiero “Credimas Serie 20” por $ 72 millones

Asesores legales de la transacción (deal counsel) en la emisión y colocación por oferta pública en la Argentina de valores fiduciarios por AR$ 72.000.000 por parte del Fideicomiso Financiero “Credimas Serie 20”, en el cual Banco Supervielle S.A. actuó como organizador y colocador principal, TMF Trust Company (Argentina) S.A. actuó como fiduciario y Credimas S.A. actuó como fiduciante y agente de cobro y administración. (2014)