Con fecha 16/1/2019, la Agencia de Acceso a la Información Pública (en adelante, la “AAIP”) emitió la Resolución N° 4/2019 que aprueba nuevos criterios orientadores e indicadores de mejores prácticas en la aplicación de la Ley Nº 25.326 de Protección de Datos Personales (en adelante, la “Ley de Protección de Datos Personales”).

En este sentido, y entre otras cuestiones, la AAIP resolvió que:

  • el titular de los datos personales podrá acceder a aquellos que hubieran sido recolectados mediante sistemas de video de vigilancia, siempre que acredite debidamente su identidad junto con la información necesaria para su identificación. Si su solicitud fuera rechazada, se le deberá informar en forma expresa y clara sobre su posibilidad de reclamar ante la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales;
  • en el caso de que la imagen brindada permita identificar a algún tercero, el responsable de la base de datos deberá aplicar alguna técnica de disociación de forma tal que solo pueda ser identificado el titular de los datos;
  • el titular tendrá derecho a solicitar una explicación sobre la lógica aplicada por el responsable de la base de datos si sufriera efectos jurídicos perniciosos, o bien si se viera afectado de forma significativamente negativa, debido a la toma de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de los datos;
  • los datos biométricos que identifican a una persona se considerarán sensibles únicamente cuando puedan revelar datos adicionales y cuyo uso pudiera resultar potencialmente discriminatorio;
  • el responsable de la base de datos deberá contar con mecanismos de validación de identidad eficaces;
  • respecto a la cesión de datos personales entre organismos públicos, se definieron ciertos supuestos bajo los cuales no será necesario el consentimiento del titular de los datos; y
  • las personas menores de edad podrán prestar consentimiento informado en relación con el tratamiento de sus datos personales.

Para mayor información no dude en contactarse con Juan Pablo Bove, Federico Otero, o Julián Razumny, o bien a corporate@trsym.com.