1. Delegación

Se faculta al PEN por el plazo de un (1) año, a adecuar el marco regulatorio de la energía Eléctrica, comprendido principalmente por las Leyes 15.336 y 24.065, con el propósito de garantizar:

    1. El libre comercio internacional de energía eléctrica;
    2. La libre comercialización, competencia y ampliación de los mercados de energía eléctrica;
    3. El despacho económico para las transacciones de energía sobre una base de remuneración en el costo económico horario del sistema, teniendo en cuenta el costo marginal horario del sistema y el costo que represente para la comunidad la energía no suministrada;
    4. La adecuación de las tarifas del sistema energético sobre la base de los costos reales del suministro a fin de cubrir las necesidades de inversión y garantizar la prestación continua y regular de los servicios públicos conforme los principios tarifarios de las leyes 24.065 y 24.076;
    5. La explicitación de los diferentes conceptos a pagar por el usuario final, con la expresa obligación del distribuidor de actuar como agentes de percepción o retención;
    6. El desarrollo de infraestructura de transporte de energía eléctrica mediante mecanismos abiertos, transparentes, eficientes y competitivos; y
    7. La revisión de las estructuras administrativas del sector eléctrico.

 2. Disposiciones comunes a los capítulos de energía eléctrica y gas natural

2.1. Recursos administrativos e impugnación de sanciones

Bajo la Ley Bases se dispone que los actos emanados de la máxima autoridad del ente regulador serán impugnables, sin que sea necesario interponer la alzada, directamente ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, mediante un recurso directo.

Asimismo, se establece que las sanciones aplicadas por el ente serán también impugnables ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal mediante un recurso directo.

Ver para información adicional, comentarios a la Ley 19.549 de procedimiento administrativo aquí.

2.2. Unificación de entes reguladores

Se unifica el ENRE y ENARGAS bajo un único ente regulador, el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad.

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Para información adicional, por favor contactar a Nicolás Eliaschev y/o Javier Constanzó.